lunes, 13 de mayo de 2013

Los Derechos Humanos


             El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de la Naciones Unidas aprobó el texto de la Declaración Universal de los derechos humanos.

            Venezuela por imperativo histórico y mandato de  los principios  democráticos que profesa y por los cuales ha luchado y deberá luchar cada vez que se vulneren, aprobó afirmativamente esa Declaración que sirve como norma común de aplicación a todos los pueblos y naciones.
            En el cuerpo de la Declaración se afirma que:  “todos los seres humanos nacen libres y son iguales en dignidad y derechos.  Cada ser humano tiene derecho a la vida, la libertad y la seguridad personal.  Se prohiben la esclavitud, el castigo corporal y el trato degradante.  Todas las personas deben gozar por igual de la protección de la ley y la inviolabilidad y seguridad del hogar, de la familia y de la correspondencia.  El acusado de haber cometido un delito, será considerado inocente hasta que haya sido declarado culpable por los tribunales competentes.  Se reconocen los derechos de libertad de pensamiento, de conciencia, de palabra, de religión y de reunión pacífica, las personas adultas tienen  derecho a casarse mediante libertad de elección, y fundar una familia.  Se reafirma el derecho de propiedad y el de impartir y de recibir instrucción.  Se propugna el establecimiento de garantías para la libre elección de trabajo, implantar condiciones favorables de trabajo, salario justo y protección contra el desempleo.  Los trabajadores tendrán libertad para crear gremios y sindicatos y afiliarse a ellos.  Todo ser humano tiene derecho a una norma de vida adecuada para la salud y bienestar de él y de su familia.  Toda persona tiene derecho de pertenecer a una nacionalidad determinada, a cambiar esa nacionalidad y participar en el gobierno de su país.  La autoridad y legitimidad del gobierno residen en la voluntad y consentimiento de los gobernadores”.  La Declaración finaliza con la advertencia expresa de que los derechos y libertades que se definen en ella no deberán ser denegados a nadie bajo pretexto de raza, color, sexo, nacimiento o condición.


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